Actualización temarios. Cambio en el permiso de paternidad.
Se modifica el art. 49 del RD Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
c) Permiso de paternidad por el nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo: tendrá una duración de CINCO semanas, a disfrutar por el padre o el otro progenitor a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento, o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción.
NOTA: Tras la publicación de los Presupuestos Generales, hoy entra en vigor la modificación del permiso de paternidad, pasando de cuatro a cinco semanas.
Así mismo se modifica l artículo 48.7 del Estatuto de los Trabajadores.
Importante no se recoge la retroactividad.